e) Selección de proyectos y baremos para la determinación de la intensidad de ayuda
Serán proyectos auxiliables los que cumplan las condiciones estipuladas en el Convenio de Aplicación de Leadercal y en el Programa de Desarrollo Local aprobado. Las ayudas serán de tipo subvención directa a fondo perdido. Una vez detectada la persona promotora se tendrá una entrevista personal con ella, bien en las oficinas de gestión o visitándola en su propio entorno. En este primer encuentro se recabará de la promotora la información que pueda facilitar sobre su proyecto y por parte del equipo técnico de ACD MONTAÑA PALENTINA se le informará de su adecuación o no al Plan de Desarrollo Local y, en su caso, de otras posibles ayudas de las que se pudiera beneficiar en caso de no poder acogerse a Leadercal. Previa realización formal de Solicitud de Ayuda por parte de la solicitante, ACD MONTAÑA PALENTINA iniciará expediente de ayuda que será tramitado conforme a lo estipulado en el Convenio de Aplicación de Leadercal.
- La persona solicitante, en nombre propio o en representación de una entidad, presentará en el Centro de Gestión su solicitud en impreso normalizado. Le será entregada copia sellada con indicación de la fecha de presentación y del número de expediente. Dicha solicitud será registrada en el libro de entradas y salidas del Grupo de Acción Local, como se hará en lo sucesivo con todas las comunicaciones referentes al expediente. Se comprobará la no incompatibilidad, según lo estipulado en el apartado c.2
- A la solicitud se acompañará la documentación pertinente de entre la que se relaciona a continuación:
- Fotocopia del DNI de la persona beneficiaria o representante de la entidad
- Fotocopia del CIF de la entidad
- Memoria que incluya, al menos:
- descripción de la inversión o actividad,
- descripción de su contribución al desarrollo de la zona
- impacto ambiental previsto
- presupuesto de inversiones y gastos desglosado por partidas generales: terrenos e inmuebles, obra civil, equipamiento, bienes de equipo e informáticos, honorarios, gastos de constitución, lanzamiento de actividad,…
- previsiones de financiación
- en el caso de proyectos no productivos, plan de explotación a cinco años
- en el caso de actividades, presupuesto desglosado de ingresos y gastos
- Plan de Viabilidad.
- Cuando el proyecto implique la realización de obra civil, y así lo requiera el correspondiente Ayuntamiento para el otorgamiento de la correspondiente licencia, deberá presentarse un proyecto realizado por técnico competente, visado. Cuando la obra civil no afecte a la cimentación o estructura se estará a lo que, en estos casos, exija el Ayuntamiento para el otorgamiento de licencias.
- Declaración de otras ayudas obtenidas y/o solicitadas.
- Acreditación de cumplimiento de obligaciones fiscales
- Acreditación de cumplimiento con la Seguridad Social
- Acreditación de la propiedad legal o de la capacidad de uso y disfrute de los bienes objeto del proyecto
- Compromiso de generación o mantenimiento de empleo
- Compromiso de respetar el destino de la inversión durante, al menos, 5 años, posteriores a la certificación de finalización inversiones
- Compromiso de poner a disposición de ACD Montaña Palentina, de la Comunidad Autónoma, del Ministerio de Agricultura, de la Comisión de la Unión Europea o de los órganos de control que se establezcan la documentación necesaria para que éstos puedan recabar información precisa y verificar la inversión o gasto, hasta los cinco años siguientes al pago de la ayuda
- En el caso de entidades privadas o empresarios autónomos, declaración de pyme
- En el caso de que existan aportaciones en especie, tasación del bien o bienes por parte de técnico competente
- Cualquier otro documento que la gerencia del ACD Montaña Palentina estime necesario para la adecuada adopción de la correspondiente resolución
- Durante las cuatro semanas posteriores a la presentación de la solicitud o a petición anterior por parte de la solicitante el equipo técnico de ACD Montaña Palentina levantará Acta de No Inicio de las inversiones. En este acto se comunicará a la solicitante las obligaciones mínimas que habrá de respetar para ser beneficiaria de ayuda, especialmente las relativas a contabilidad, justificaciones documentales y obligaciones de accesibilidad para procedimientos de control.
- Si del análisis de la documentación se deduce la falta de algún requisito o documento acreditativo, se le comunicará a la solicitante, dándole un plazo máximo de treinta días hábiles para completar o acreditar las exigencias requeridas.
- Si del análisis de la documentación se desprende que el proyecto no es elegible por algún motivo se desestimará, comunicándolo por escrito a la solicitante con la debida argumentación.
- Una vez completo el expediente, incluido el trámite previo de fiscalización de la propuesta de gasto, deberá ser resuelto en el plazo máximo de dos meses.
Informe Técnico Económico
- La gerencia de ACD Montaña Palentina elaborará el correspondiente informe técnico-económico, de tal modo que pueda estar en el Centro de Gestión a disposición de los miembros de la Junta Directiva con al menos tres días de antelación a la celebración de la reunión del órgano de decisión.
Resolución del expediente de ayuda
- La resolución del expediente será tomada en reunión de Junta Directiva, con la presencia -con voz y sin voto- del Responsable Administrativo y Financiero y/o del Gerente.
- Durante los quince días posteriores a la toma de decisión por parte de la Junta Directiva, y tras la firma por el Responsable Administrativo y Financiero de la fiscalización del acuerdo de concesión y compromiso de gasto, la gerencia comunicará la misma por escrito a la solicitante. La comunicación de la resolución contendrá al menos la siguiente información: nº de expediente, denominación o finalidad del mismo, presupuesto aceptado de inversión, ayuda concedida (indicando los agentes financiadores) y cláusulas que contendrá el Contrato de Ayuda correspondiente.
- En el plazo máximo de quince días desde la recepción de la comunicación, la solicitante aceptará o rechazará expresamente por escrito la ayuda concedida. En caso de silencio por parte de la solicitante se archivará el expediente sin más trámite.
- En caso de denegación de la ayuda, se comunicará la misma motivadamente al interesado
Contrato de Ayuda
- En el plazo máximo de tres meses desde la comunicación de la aceptación se firmará el Contrato de Ayuda entre la beneficiaria y ACD Montaña Palentina. Previamente, la beneficiaria habrá debido de presentar la documentación aún no aportada (proyecto visado licencia de obra y otros permisos, inscripciones o registros exigibles por las administraciones autonómica o local). En caso contrario, se habrá de realizar autorización expresa por parte de la Junta Directiva para su posterior presentación, en todo caso con anterioridad a la fecha límite de ejecución del proyecto.
- En el plazo máximo de tres meses posteriores a la firma del Contrato de Ayuda la beneficiaria comunicará al Centro de Gestión, en su caso, el inicio de la inversión. El equipo técnico de ACD Montaña Palentina levantará la correspondiente Acta de Inicio de Inversiones.
- Una vez firmado el Contrato de Ayuda, la beneficiaria podrá solicitar anticipo de la ayuda pública por un importe máximo del 40% de la misma. En el plazo máximo de dos meses, la Junta Directiva, decidirá la concesión o denegación del anticipo, así como la exigencia o exención de garantía para el abono del mismo.
Certificación de las inversiones
- Una vez realizadas las inversiones o el gasto, y antes de la finalización del periodo de ejecución marcado en el Contrato de Ayuda, la beneficiaria comunicará dicha circunstancia a la gerencia. En el acto de la comunicación verbal o acompañando a la comunicación escrita la beneficiaria aportará la documentación acreditativa de la realización de la inversión o el gasto.
- En el plazo de quince días desde la presentación de dicha documentación la gerencia comunicará la conformidad o solicitará ampliación o subsanación de la misma.
- Si el proyecto incluyera algún tipo de inversión material, el equipo técnico, en el plazo máximo de quince días a partir de la comunicación de la finalización, verificará, al menos, la existencia real de los bienes objeto de inversión, su ajuste al proyecto presentado, su utilidad y funcionamiento y su coincidencia con la justificación documental.
- La justificación documental de las inversiones o gastos se realizará mediante documentos originales. Dichos documentos originales serán devueltos, una vez completada la documentación, a la beneficiaria en el plazo máximo de quince días hábiles una vez copiados y, en su caso, diligenciados para hacer constar haber sido financiados por Leadercal.
- En caso de actividades de promoción, asistencias técnicas, estudios, acciones formativas, etc… además de los justificantes de gasto la beneficiaria aportará dos ejemplares de los documentos, materiales y/o programas. Uno de los mismos acompañará la documentación del expediente, y el otro se remitirá al Organismo Intermediario.
- En el caso de acciones formativas, se acompañará además: listado (nombre y apellidos, fecha de nacimiento, lugar de residencia) y partes de asistencia de alumnado, certificado de empadronamiento de las personas que hayan sido beneficiarias de pagos por desplazamientos, y copia en blanco del certificado o justificante de asistencia emitido.
- A solicitud de la beneficiaria, la gerencia podrá emitir Certificación Parcial. Asimismo, se podrá pagar el importe de ayuda de dicha Certificación Parcial, previa deducción de la parte proporcional del anticipo si se hubiera concedido, y previa la presentación de aval, si así lo estimara conveniente la Junta Directiva.
- Una vez realizada una Certificación por el equipo técnico, el R.A.F. comprobará en el plazo máximo de un mes el cumplimiento de los requisitos exigibles. El R.A.F. podrá realizar inspección in situ de las inversiones certificadas.
Pagos
- Una vez verificada la Certificación por el R.A.F. éste autorizará, conjuntamente con el Tesorero y el Presidente de la Asociación ACD MONTAÑA PALENTINA, el libramiento de la ayuda correspondiente.
- Todos los pagos efectuados a beneficiarios finales por parte del grupo de Acción Local lo serán mediante transferencia bancaria.
Baremo Proyectos Productivos La Junta Directiva valorará cada proyecto aplicando todos los criterios de la siguiente tabla. La ayuda a conceder será directamente proporcional a la puntuación obtenida por el proyecto, siendo el máximo de ayuda permitido coincidente con los 100 puntos de baremación.No obstante, es requisito ineludible para optar a ayuda obtener al menos un 50% de la puntuación máxima posible. Al objeto de aplicar la baremación, se consideran proyectos adecuados a prioridades establecidas o asimilables a acciones propuestas los que así sean considerados en el Informe Técnico Económico y aceptados por el Órgano de Decisión. En todo caso, se consideran prioridades y acciones propuestas las recogidas en el Programa de Desarrollo Local aprobado.
Adecuación a los objetivos del Programa | 30 | adecuado a prioridad establecida | 15 |
asimilable a acción propuesta | 30 | ||
Ubicación geográfica | 10 | localidad no cabecera municipal con actividad asimilable | 6 |
localidad no cabecera municipal sin actividad asimilable | 10 | ||
localidad cabecera municipal no comarcal (Aguilar, Cervera, Guardo) | 4 | ||
Valorización de recursos endógenos | 5 | recursos no utilizados o infrautilizados | 5 |
recursos habitualmente utilizados | 3 | ||
recursos muy utilizados | 1 | ||
Empleo | 25 | mantenimiento | 10 |
autoempleo o creación (1) | 18 | ||
creación (2 a 4) | 20 | ||
creación (5 ó más) | 25 | ||
Tipología del proyecto | 8 | nuevo / creación | 8 |
modernización / ampliación | 4 | ||
traslado | 2 | ||
Relación empleo /inversión | 4 | inversión/empleo < 90.000 € | 4 |
entre 90.000 y 120.000 | 2 | ||
Grado de Impacto Ambiental | 5 | positivo | 2 |
positivo en espacio protegido | 5 | ||
Afección al Patrimonio Rural | 4 | recuperación de patrimonio arquitectónico o cultural | 4 |
recuperación de patrimonio natural | 4 | ||
Carácter innovador y nuevas tecnologías | 5 | alto grado de innovación y tecnologías avanzadas | 5 |
innovación y uso de tecnologías avanzadas | 4 | ||
innovación | 3 | ||
Tipología de la solicitante | 4 | miembro de familia agroganadera | 4 |
nueva residente | 2 | ||
100 |
Baremo proyectos No Productivos La Junta Directiva valorará cada proyecto aplicando todos los criterios de la siguiente tabla. La ayuda a conceder será directamente proporcional a la puntuación obtenida por el proyecto, siendo el máximo de ayuda permitido coincidente con los 100 puntos de baremación.No obstante, es requisito ineludible para optar a ayuda obtener al menos un 50% de la puntuación máxima posible. Al objeto de aplicar la baremación, se consideran proyectos adecuados a prioridades establecidas o asimilables a acciones propuestas los que así sean considerados en el Informe Técnico Económico y aceptados por el Órgano de Decisión. En todo caso, se consideran prioridades y acciones propuestas las recogidas en el Programa de Desarrollo Local aprobado.
Adecuación a los objetivos del Programa | adecuado a prioridad establecida | 20 | 50 | |
asimilable a acción propuesta | 40 | |||
asimilable a acción propuesta en la medida 4 | 50 | |||
Si el proyecto es considerado de interés especial por su carácter comarcal, colectivo, o estratégico; unánimemente acordado por el Órgano de Decisión | máximo | |||
Ubicación geográfica | ámbito comarcal o supramunicipal | 10 | 10 | |
ámbito local (no cabecera: Aguilar, Cervera, Guardo) | 6 | |||
ámbito local cabecera | 4 | |||
Modalidad del proyecto | nuevo e innovador | 5 | 5 | |
nuevo | 3 | |||
Grado de Impacto Ambiental | positivo | 3 | 5 | |
positivo en espacio protegido | 5 | |||
Tipología de la Promotora | entidad pública | 5 | 10 | |
entidad privada o persona física | 7 | |||
entidad privada sin ánimo de lucro | 10 | |||
Afección al Patrimonio Rural | recuperación de patrimonio arquitectónico | 10 | 10 | |
recuperación de patrimonio natural | 10 | |||
recuperación de patrimonio cultural intangible | 10 | |||
Volumen de presupuesto | < 30.000 € | 5 | 5 | |
entre 30.000 y 60.000 | 4 | |||
> 60.000€ | 2 | |||
Impacto positivo directo en colectivos desfavorecidos | 5 | 5 | ||
100 | ||||