TITULO I.- DENOMINACIÓN, OBJETO Y ÁMBITO
Artículo 1º.- La Agrupación Comarcal de Desarrollo de la Montaña Palentina se constituye al amparo del artículo 22 de la Constitución Española y se regirá por los presentes Estatutos y por la L.O. 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y por las normas de desarrollo de la misma. Su duración será indefinida.
Artículo 2º.- La Asociación extiende su ámbito de actuación a los municipios integrados en la Comarca Natural de “La Montaña Palentina”: Aguilar de Campoo, Barruelo de Santullán, Berzosilla, Brañosera, Castrejón de la Peña, Cervera de Pisuerga, Dehesa de Montejo, Guardo, La Pernía, Mudá, Polentinos, Pomar de Valdivia, Salinas de Pisuerga, San Cebrián de Mudá, Santibáñez de Ecla, Santibáñez de la Peña, Respenda de la Peña, Triollo, Velilla del Río Carrión.
Artículo 3º.- La Asociación se acoge a cuantas disposiciones de distinto rango se encuentren en vigor o que en un futuro se pudieran dictar, en beneficio de las zonas rurales deprimidas o desfavorecidas.
Artículo 4º.- La Asociación carece de ánimo de lucro.
Artículo 5º.- La Agrupación Comarcal de Desarrollo de la Montaña Palentina, tiene por objeto promover el desarrollo económico, social y cultural, del territorio que compone su ámbito de actuación, procurando en este sentido el desarrollo integral de la Comarca, y el respeto y potenciación de los recursos y valores endógenos que la misma alberga.
Además se propone:
- Hacer valer los intereses de la zona ante los distintos departamentos y organismos de la Unión Europea y de la Administración Española, a todos los niveles, y demás Instituciones y Entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, que por algún concepto pudieran estar relacionadas.
- Recabar de los poderes públicos, a los diferentes niveles, la implantación de fórmulas y cauces adecuados de tutela y apoyo económico para las actividades de desarrollo comunitario, dinamización socio-económica y en general para las encaminadas a mejorar las condiciones de vida y trabajo de la comarca; solicitar el establecimiento de convenios y la adjudicación de subvenciones y ayudas económicas para sus programas e iniciativas de diversa naturaleza.
- Difundir sus principios y dar a conocer sus actividades ante la opinión pública e instancias relacionadas con su carácter.
Artículo 6º.- Son fines de la Asociación facilitar la consecución de los objetivos que siguen:
- Fijar y recuperar – en la medida de lo posible – los recursos demográficos de las distintas zonas en declive (municipios mineros, municipios agrarios), asegurando en ellos el relevo generacional, como condición necesaria que garantice la viabilidad económica, social y demográfica del conjunto del territorio comarcal.
- Revitalizar y consolidar el tejido económico del territorio, fomentando en particular, la diversificación económica en los municipios rurales, y la pluriactividad de la población agraria.
- Buscar ventajas comparativas de la Comarca, a través de la especialización en bienes y servicios para los que tenga las mejores condiciones en relación a cualquier otra zona, o para aquellos que sean demandados por el mercado.
- Atender a la conservación y restauración del medio físico natural y cultural, como principales activos de la Comarca, a considerar en las estrategias de desarrollo sostenible, que por la Asociación, se diseñen.
- Tender hacia la integración de las zonas periféricas de la Comarca, en el conjunto de la estructura urbana provincial y regional, fomentando de esta forma una adecuada articulación del territorio y favoreciendo las relaciones económicas, sociales y culturales entre los distintos espacios de la región.
- Adecuar las estructuras necesarias para equiparar las condiciones de vida de la población rural con la instalada en las zonas urbanas, potenciando los servicios y equipamientos colectivos de las cabeceras Comarcales.
- Revalorizar la producción local y comarcal, a través del fomento de procesos de transformación y mejora de la calidad de los productos, procurando crear las estructuras adecuadas que favorezcan su comercialización dentro y fuera de la Comarca.
- Propiciar la formación y cualificación de los recursos humanos, tratando de vincular estos dos conceptos a las capacidades de la población y a la vocacionalidad de los recursos de la propia Comarca.
- Fomentar la innovación tecnológica y la modernización de las estructuras productivas existentes o de nueva creación, como fórmula de acceder a un mercado cada vez más complejo y competitivo.
- Favorecer, en el ámbito de su actuación, la concertación, el diálogo y el intercambio de ideas, proyectos y experiencias, entre los agentes económicos, sociales y culturales de la Comarca, y de éstos con otras comunidades.
Artículo 7º.- La Asociación podrá sostener y emprender todas aquellas actividades, acciones o medidas que estime necesarias en el cumplimiento y desarrollo de sus fines. En especial la asociación se dedicará a:
- Diseño, propuesta y gestión de programas de desarrollo
- Diseño y realización de acciones formativas
- Realización de acciones de promoción de la comarca
- Publicación de materiales informativos y divulgativos
Artículo 8º.- El domicilio social de la Asociación se establece en la Plaza Modesto Lafuente, 1, de Cervera de Pisuerga
TITULO II.- ÓRGANOS DE GOBIERNO Y TRABAJO
Artículo 9º.- La Asociación está regida por:
a) La Asamblea Generalb) La Junta Directivac) La Presidencia
Artículo 10º.- La máxima autoridad corresponde a la Asamblea General.
Artículo 21º.- A reservas de las facultades específicas de la Asamblea General, la Junta Directiva dispone de los más amplios poderes para actuar en nombre de la Asociación y realizar cualquier operación relativa al cumplimiento de sus fines. Son facultades particulares de la Junta Directiva:
- Dirigir las actividades sociales
- Llevar la gestión económica y administrativa
- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General
- Resolver sobre la admisión de nuevos socios
- Cualquier otra facultad que no sea exclusiva competencia de la Asamblea General
Artículo 22º.-
TITULO III.- DE LOS SOCIOS
a.4.- beneficiarse de cuantas actividades se desarrollen en el seno de la Asociación, deconformidad con los fines de la misma.
b) Son deberes de los socios:
b.4.- acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno yrepresentación de la asociaciónArtículo 28º.- La calidad de socio se pierde: