SANTIAGO MENÉNDEZ DE LUARCA
Subsecretrio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Hace ya más de 200 años que Jovellanos informaba a Carlos IV, a petición de éste, sobre la Ley Agraria, recomendando su aprobación y la derogación de todas las “bárbaras” leyes existentes hasta entonces. Dicho informe proponía la potenciación de la agricultura para lograr nada menos que la “prosperidad pública” y la “felicidad individual”. Es decir, viene a proponer el desarrollo de la agricultura como modo de cohesionar la Sociedad (siempre escribe esta palabra con mayúscula) y darle prosperidad. Las diferencias existentes entre entonces y ahora no son sólo, y sobre todo, las temporales, sino las económicas y las sociales, y es evidente que esta receta no puede ser válida ahora.
Objetivo de la ley
Si bien antes el objeto de la ley era el impulso de la agricultura como mejor forma de conseguir el bienestar social, el objetivo de las leyes actuales es la consecución de este bienestar y para ello la agricultura será uno de los muchos factores que contribuyan a este objetivo. Básicamente hemos cambiado de objeto, que antes era una actividad productiva y ahora es el ciudadano y sus condiciones de vida.
Y esta es la premisa que ha guiado la elaboración del Proyecto de Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural que, una vez aprobado por el Consejo de Ministros, se encuentra en el correspondiente trámite parlamentario. El desarrollo que se pretende con este proyecto no es tanto cuantitativo como cualitativo.
Es la calidad de vida de los ciudadanos de las áreas rurales y su acceso a los servicios, indispensables o no, lo que ha preocupado al Gobierno a la hora de aprobar este texto.
El incremento de la producción y de generación de rentas será un instrumento para conseguir este nivel cuantitativo que se pretende o en muchos casos será una consecuencia de este desarrollo que se propugna, ya que no hay que olvidar que acciones tales como la formación profesional, la creación de infraestructuras y otras medidas, son en ocasiones instrumentos adecuados para desarrollar potencialidades humanas y económicas que posibiliten mayores niveles de renta.
Lo primero que conviene constatar es la oportunidad de hacer una ley de desarrollo rural, y hay que convenir que no sólo es oportuna, sino que es necesaria, ya que a la voluntad del legislador de lograr el objetivo indicado de mejora de la calidad de vida del mundo rural, se une la inexistencia de una normativa que partiendo del reconocimiento de la importancia y problemática que este medio rural tiene, intente dar soluciones a la misma. Con esta nueva ley se viene a llenar, por tanto, un vacío político y legislativo.
Antecedentes en la Unión Europea
En España, no hay en la democracia, antecedentes legislativos de rango estatal en materia de desarrollo rural (si acaso convendría exceptuar la Ley de Agricultura de Montaña, de 1982), siendo los reglamentos y directivas comunitarias los que vienen supliendo este vacío.
En efecto, hay que recordar que la política de estructuras fue construyéndose, ante la constatación de la insuficiencia de la política de precios y mercados agrarios para asegurar la calidad de vida del mundo rural, a golpe de Directivas y Reglamentos que en la mayoría de las ocasiones trataban aspectos parciales del desarrollo rural y en muchos casos se trataba de las condiciones que se debían cumplir para tener acceso a determinadas ayudas. El resultado fue una maraña de disposiciones sin que el desarrollo rural se contemplara en su integridad.
Sería tedioso enumerar toda esta normativa que se promulga desde los primeros 70 y durante las décadas de los 80 y 90 hasta que el Reglamento 1257/99 supone un primer intento de regular el mundo rural en su conjunto. Se preparaba el “asalto”, que ya se preveía, a la política agraria común tradicional que subvencionaba la producción y la protegía fuertemente de la de terceros países. Este Reglamento finalizo su aplicación en diciembre de 2006 y lo derogó el Reglamento 1698/05 “relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural”.
Este Reglamento, que fija las ayudas hasta el año 2013, es un esfuerzo más de hacer una política de desarrollo global ante la ya evidencia de que los sistemas de pago único fijados a las superficies, y la apertura de las fronteras a las producciones y mercancías de terceros países y de manera muy especial, ya que la tarifa arancelaria llega a suprimirse, a los países ACP (en su mayoría antiguas colonias británicas) y a las EBA (todo menos armas), habrían sustituido a las ayudas a la producción, haciéndose imprescindible medidas de desarrollo rural que sustituyan a las medidas existentes de la política de producciones.
Asimismo, la ampliación de la Unión Europea, entonces a 25 miembros y poco más tarde a 27, era un elemento adicional para intentar homogeneizar lo más posible, al menos en las reglas básicas, una realidad cada vez más heterogénea.
Limitaciones
Se intenta crear, por tanto, una política de desarrollo rural con entidad propia y, es posible, que este sea el camino que ha emprendido la Unión Europea hacia una Política Común de Desarrollo Rural, aunque en cualquier caso, no se ve cercano el momento en que la U.E tenga una política de desarrollo rural independiente de la PAC. Así se refleja en la exposición del propio Reglamento, · que a partir de declarar en el considerando 1 “… la política de desarrollo rural debe acompañar y completar las políticas de ayuda al mercado y a los ingresos aplicados en el marco de la política agrícola común, ….” apoya esta idea a lo largo de toda su parte expositiva, y en su articulado considerándose algunas de las medidas propuestas (como la diversificación económica, tan importante, por ejemplo) dentro de la PAC y dirigida únicamente a los agricultores y ganaderos.
· Si bien, y como es lógico, y siempre de manera genérica, deja alguna concesión a lo no agrícola, como parte de lasmedidas contempladas en el eje 3 “calidad de vida en las zonas rurales y diversificación de la economía rural” puede amparar ayudas para la “implantación de servicios básicos”.
Potencialidades. Los distintos estados miembros también tiene problemas
Sea como fuere, este Reglamento es un buen instrumento, sin duda, para financiar las medidas de desarrollo rural de los distintos EE.MM., lo que constituye un fin en si mismo, y como no podría ser de otra forma, tiene que ser amplio para dar acomodo a situaciones tan diversas como las que se dan en el mundo rural de los distintos EE.MM.
· En todos los EE.MM. a excepción de las dos últimas incorporaciones y Grecia, en el año 2005, según estadísticas de la Unión Europea, el VAB de la agricultura es menor del 3% del PIB de cada uno de ellos, correspondiendo el menor porcentaje a Francia y Gran Bretaña (desde el VAB es tan sólo el 0’4% del PIB) y el mayor a Letonia (2’9%), España (2’8%) y Polonia (2’9%), si exceptuamos Grecia (4’7%), Bulgaria (7’2%) y Rumanía (8%), siendo la media europea del 1’3%.
· Sin embargo, la población activa en el sector primario no minero (agrario, forestal y silvícola), en la U.E a 25 es del 5’3% de población activa total, que indica la baja rentabilidad del sector primario en general y agrario en particular.
· Si bien este hecho es general en Europa, está más agravado en países como Polonia, donde su población activa agraria es del 20% de su población activa total, en Grecia, Letonia, Lituania y Portugal donde oscila entre el 12 y el 14%. Cosa aparte es Rumanía, donde su población agraria es la tercera parte de la población total (y recordemos el VAB de su rama agraria el 8’2% del PIB total). En Bulgaria, por el contrario, estos baremos se encuentran muy compensados, ya que la población activa agraria es de un 7% de los totales y un VAB agrario de un 7’2% de su PIB.
· En España, el VAB agrario es el 2’8%, el forestal el 0’4% y algo menor el pesquero, un total de un VAB del sector primario del 3’5%, aproximadamente, y unos activos en el sector primario del 5’7% según datos de la Comisión Europea. No obstante, hay que recordar que el año 2005 no es en España especialmente representativo, ya que dicho año fue el de la gran sequía que mermó la producción agraria, ya que ésta, a pesar de las innovaciones de todo tipo, es sensible a las condiciones meteorológicas.
Deducimos de todo lo anterior, la baja rentabilidad del sector agrario, quizá con la excepción de Bulgaria, respecto al resto de los sectores en todos los Estados miembros. No es más que constatar algo que todos intuíamos y sabíamos y que nos vuelve a informar de la dificultad de que haya territorios que dependan exclusivamente de una economía agropecuaria y que tengan un nivel de vida, equiparable a aquellos otros que obtengan sus rentas de otros sectores económicos.
Partiendo de este enfoque económico, o más bien economicista, cada Estado, ha tomado un camino para tratar de superarlo, basándose en la tradición, en condiciones objetivas determinadas (clima, orografía, etc…) y en las políticas positivas tomadas por cada Estado al respecto.
Sin profundizar en ello, si podríamos enunciar algunas acciones que merman el efecto de unas rentas agrarias bajas.
· Cada vez es mayor la superficie media de la explotación para que, si bien la renta por unidad de superficie es baja, una alta superficie hace que el PIB/agricultor no lo sea. Este aumento de la superficie media de la explotación es una de las razones que explican que cada vez haya menos agricultores, ya que una mayor superficie media de la explotación, supone inevitablemente un menor número de explotaciones.
· El trabajo a tiempo parcial en el sector agrario es otra de las medidas que se arbitran para elevar el nivel de vida de los agricultores y por tanto de las zonas rurales. En Europa (25), y en el año 2005, último año del que la Comisión ofrece datos, el 57% de los trabajadores agrarios trabajaba parcialmente a menos del 50% de la jornada laboral. En España esta cifra se elevaba al 66%.
En España el trabajo a tiempo parcial es tan intenso que el proyecto de ley fija como profesional de la agricultura, en el caso de las persona físicas, al que obtenga al menos el 25% (yo diría sólo) de su renta de actividades agrarias.
Esta medida, que no es universal en todos los EE.MM., si que lo es en aquellos cuyo valor agrario bruto es mayor en relación con su PIB, lo que nos da idea de una estabilización de la mano de obra a tiempo parcial en aquellos agricultores más avanzados.
Todo ello implica una mayor utilización, hasta llegar a un equilibrio, de servicios ajenos a la actividad agraria para que las labores agrícolas las realicen empresas ajenas a los propietarios de la explotación.
Esta rúbrica de servicios agrícolas ya tiene un peso importante en la producción final agraria, siendo en el año 2005 del 4’3% en el conjunto de la UE, destacando Países Bajos con un 10%, y Suecia, Italia, Dinamarca y Reino Unido con el 5%. Por su poco peso destaca Bélgica con el 0’7%, seguido por España con sólo el 1’1%.
Por otra parte, la densidad de la población en las zonas rurales puede constituir (no necesariamente) un índice del desarrollo rural, ya que una alta densidad nos da idea de una diversidad de actividades. Según datos de la UE, en las unidades territoriales administrativas NUT 3 (lo que en España equivale a provincias) la densidad en las áreas rurales es de 41 hab./km2 en la Unión Europea 27, siendo Holanda el Estado con una mayor densidad de población (185 hab./km2 ), superando los 80 hab./km2 Eslovenia, Eslovaquia y Alemania.
España con 26 hab./km2 es uno de los menos poblados, superado tan sólo por Reino Unido, Estonia, Suecia y Finlandia, que con 11’5 hab./km2 es el menos poblado en las áreas rurales, lo que no nos tiene que extrañar teniendo en cuenta que su densidad total de población (en los tres últimos casos) es muy inferior a la española.
Podemos decir que España es uno de los Estados de la Unión Europea con menos densidad de población rural.
Financiación Reglamento Unión Europea
Toda esta diferencia de situaciones ha llevado a que el Reglamento 1698/2005 divida las medidas en 4 grupos (ejes) y dentro de cada uno de ellos da cobijo a una cantidad importante de medidas que cada Estado puede aplicar en su territorio, mediante la presentación de planes estratégicos donde se exponga la problemática de cada uno de ellos y las soluciones propuestas como mejor manera de adaptar la pluralidad de Europa a los límites que debe imponer un Reglamento por muy genérico que sea.
· Las medidas que se apliquen deben ser cofinanciadas por la UE, el Estado miembro (en el caso de España por la Administración General del Estado y las CC.AA) y por los beneficiarios.
· La UE asigna a España para el período 2007-2013 más de 7.200 millones de euros (7.213.917,799 €), y la Administración General del Estado (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion) más de 3.000 millones de euros (3.036 millones de euros) durante el período.
Está previsto que las Comunidades Autónomas aporten en el período 5.247 millones de euros y los beneficiarios 7.751 millones de euros que suponen la tercera parte de los 23.248 millones de euros del presupuesto.
Singularidad Española
Algunos Estados miembros tienen legislación agraria propia. Es el caso de Francia que tiene muy desarrollada tanto la legislación agrariamodificada en el código rural, teniendo leyes específicas tanto para el desarrollo regional como el rural. Alemania y Austria tienen, asimismo, leyes agrarias. Otros países de la Unión Europea como Finlandia, Bélgica o Reino Unido, disponen de legislación sobre desarrollo, ya sea regional o rural. Y el Gobierno español tiene la voluntad política de elaborar la “Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural”, además de creer en la necesidad de contar con una ley que recoja las peculiaridades de nuestro mundo rural. Comentaba antes las deficiencias de determinados EE.MM. para paliar el descenso de la importancia de la agricultura en el mundo rural. Estas deficiencias, muchas veces son consecuencia de circunstancias políticas, históricas, climatológicas, etc…
¿Cómo ha reaccionado España ante la menor presencia económica de lo agrario?.
Despoblándose, nimás nimenos. Sobre todo de sus elementos activosmás jóvenes, y demujeres, con lo que la población queda envejecida y masculinizada. Las causas de esta situación habría que buscarlas en la propia historia (la Meseta, en especial la Submeseta Sur, siempre estuvo despoblada), en la citada menor importancia de la agricultura, en el surgimiento en el medio urbano de nuevas actividades económicas que podían absorber esta mano de obra proveniente del medio rural, y sin duda alguna en la ausencia de suficiente calidad de vida en el medio rural, una vez que perdía peso, en términos relativos, la actividad económica más fundamental que era la agricultura.
Y este despoblamiento viene acompañado de un deterioro, no sólo de renta en las zonas rurales, sino de calidad de vida, de falta de servicios y de infraestructuras en relación con el resto de España, porque el despoblamiento ha significado una huida, no sólo de personas, sino de iniciativas y de impulsos económicos.
Ley para el Desarrollo Sostenible del Mundo Rural
El objetivo de esta Ley, es precisamente eliminar esta discriminación que sufren las zonas rurales y sus habitantes, garantizar, por tanto, la igualdad de todos los ciudadanos y lograr una mayor integración de las zonas rurales, facilitando una relación de complementariedad entre el medio rural y el urbano, siendo este desarrollo que se preconiza, sostenible. Se trata de dinamizar las zonas rurales de una manera sostenible, y ello necesita de:
– Políticas específicas en las zonas rurales.
– Posibilitar la ejecución de las políticas de la Unión Europea en España.
Estas políticas, sin duda, deben encuadrarse dentro una política más general de ordenamiento del territorio.
No cabe una disociación del medio ambiente rural y urbano, sino que ambos están muy interconectados debiendo estar presente en lo que entendemos como mundo rural gran parte de lo que llamamos mundo urbano.
Sin duda hay más de un modelo de desarrollo rural. De entre los posibles se ha escogido aquel en el que la producción agraria, forestal y pesquera constituya la columna vertebral del mismo, y se aplicarán todas lasmedidas, de entre las especificadas en el Reglamento 1698/05, que sean necesarias para lograr el objetivo de un desarrollo rural sostenible.
No voy a extenderme en medidas y actuaciones, ya que, dadas las características y problemáticas agrarias y rurales en cada Comunidad Autónoma, no son homogéneas en todo el territorio del Estado, sino que obedecen, para lograr objetivos de ayudas europeas, a unos programas operativos de cada una de las CC.AA. y a los mecanismos que luego se mencionarán, en relación a la Ley de Desarrollo Rural Sostenible.
Actuaciones y medidas agrarias de la ley
Citaré, no obstante, algunas actuaciones. Son las dirigidas a mejorar la producción agraria para que sea más eficiente. Estas medidas se refieren, como ya se ha apuntado a:
– Lograr explotaciones con una dimensión viable.
– Posibilitar, como consecuencia, el abandono de la actividad agraria de forma racional dando prioridad a las de mayor edad y fomentando la entrada en la actividad agraria de los más jóvenes.
– Formación a los activos en la producción agraria.
– Asesoramiento en la gestión, cada vez más complicada y cambiante.
– Modernización de la gestión y producción de las explotaciones.
Estas medidas dirigidas a la actividad agraria requieren, no sólo de las ayudas de la UE, sino de medidas de política nacional, como pude ser la Ley de Arrendamientos que contribuye a dimensionar las explotaciones de una forma rentable. Me gustaría detenerme en dos medidas:
– Fomento de la industria agroalimentaria.
– Fomento de la producción de energía a partir de la biomasa.
La industria agroalimentaria tiene en si misma la gran importancia que arrojan sus datos.
Cerca de 32.000 empresas que venden por valor de 77.000 millones de euros, con un valor añadido bruto de 18.000 millones de euros y con una población activa de 500.000 empleados (15% del empleo industrial). Estos datos indican que:
· La industria agroalimentaria es la 1ª en facturación seguida de la metalúrgica con 66.000 millones de euros y la de material de transporte con 64.000 millones de euros.
· Es la industria genérica que crea más trabajo, ligeramente más que la metalúrgica.
Pero la importancia de la industria agroalimentaria radica en su capacidad para crear empleo y valor añadido en las zonas rurales y precisamente en aquellas más necesitadas de ambos, que pueden suministrar la materia prima que la industria necesita. La industria necesita seguridad en los suministros, tanto en calidad, como en cantidad y en precio.
Las zonas rurales pueden contribuir a esta estabilidad de suministros con una ventaja comparativa sobre producciones de terceros países, lo que ayuda a amortizar (sólo a eso) el factor “frontera” que tiende a ubicar gran parte de las fábricas en las cercanías de los puertos de mar de donde se suministran de materias primas provenientes de terceros países.
Producción de energía
Un caso muy específico de la industria agraria, que no alimentaria, es, o así lo podríamos considerar, la industria de producción energética a partir de biomasa. Hay tres grandes líneas de consecución de energía a partir de la producción agraria y forestal.
– La producción de biocombustibles.
– La producción de energía térmica.
– La producción de energía gaseosa.
Todas ellas pueden contribuir a una ostensible mejora del medio rural. Las dos primeras pueden ayudar a dinamizar el mundo rural, a la vez que al mejor aprovechamiento de residuos agrícolas y forestales que contribuyen a la limpieza de los montes y de las tierras de cultivo, con la evitación de riesgos de incendios. La producción de energía gaseosa ayudará a una mejora del medio ambiente mediante la utilización de los subproductos de la industria agroalimentaria y de los desechos de la ganadería.
En cualquier caso, el valor añadido no es sólo el derivado del ahorro de nuestras importaciones energéticas y el de la mejora del medio ambiente (al capturar los cultivos objeto de producción energética el CO2 que se desprende a la atmósfera), sino que al convertir los residuos en subproductos utilizados en la producción energética evitan una contaminación ambiental.
Precisamente, uno de los retos de la agroindustria es la eliminación de estos residuos.
La potenciación de los acuerdos ente el productor agrario y el productor energético son necesarios e ineludibles.
Hay que recordar al respecto, que no es anormal, sino corriente, que una fábrica de bioetanol necesite 500.000 Tm de trigo al año y que es preferible que sean de una calidad homogénea. Es claro que esta concentración de la demanda necesita una concentración de la oferta y por tanto una organización de la producción.
Pero si la industria de los biocombustibles puede ser determinante para el mundo rural, mucho más lo es el desarrollo de una industria productiva de energía térmica, ya que para que sea rentable tiene que suministrarse de materia prima (biomasa para quemar, tal como paja, subproductos de la industria, limpieza de bosques y poda, producción forestal cultivada para este fin, cultivos energéticos, etc …) no más alejada de 15 Km.
para que su producción pueda ser rentable, con centrales de potencia eléctrica del entorno de entre 5MW y 10MW. Esta sería la industria más ligada al sector agrario y forestal, por su proximidad territorial y utilización de una materia prima imposible de utilizar para otro caso, ya que se trataría de residuos que pasan a ser subproductos y materia prima de una industria.
No es fácil lograr una producción eléctrica sostenible, precisamente por los problemas enunciados (mucha biomasa quemable en territorio reducido) pero es un reto que posiblemente se pueda superar.
Por otro lado, una evolución de la política de potenciación de energías renovables tiene que conducir a productos específicos para la producción de energía como trigos con más hidratos de carbono que los actuales, en detrimento de la proteína, o de la remolacha con una polarización muy elevada aunque no se pueda cristalizar el azúcar, ya que de lo que se trata es de producir energía y no harina o azúcar.
Esta especialización sería conveniente ya que podría contribuir a especificar los usos y utilidades de las materias primas y evitar tensiones en los precios debido a una mayor demanda (para alimentos y energías) de un mismo producto no específico y apto para los dos usos.
En cualquier caso, es aconsejable para evitar posibles tensiones en los precios, mucha prudencia en el desarrollo de estas producciones, debiendo ser muy cautos en cuanto a las áreas de producción a nivel europeo y calibrando muy bien la posibilidad de realizar importaciones de materias primas. Hay que tener en cuenta que nos vamos a mover en márgenes muy estrechos de rentabilidad y las grandes distancias pueden hacer inviables, por razones económicas, las producciones agrarias destinadas a este fin.
Aporte de lo agrario
La producción agraria debe ser, por tanto, la espina dorsal del desarrollo rural y no para justificar el papel del agricultor y ganadero en la sociedad que entiendo que ya lo está simplemente con mantener el paisaje y equilibrio actual y evitar que nuestro territorio sea un desierto, aunque éste fuera verde, en lugar de una superficie con paisaje, y sobre todo, con paisanaje, sino por los beneficios expuestos, si bien, es cierto que por las condiciones climáticas haya regiones en las que esta función de cohesión la producción agraria no pueda ser posible, ya que en cualquier caso, ésta tiene que ser competitiva ya sea a través de fórmulas cuantitativas (grandes producciones muy tecnificadas), o cualitativas (especialidades/ singularidades).
Comercio exterior
El mundo rural tiene, además, una importancia adicional, ya que como productor de productos agrícolas, ganaderos, forestales y de la pesca, tanto en su forma natural o como materia prima para las industrias agroalimentarias contribuye a que la balanza comercial española, de los sectores agrario y pesquero, incluyendo sus productos transformados, ya que desde hace años tenga un comportamiento muy positivo, presentando una balanza equilibrada, siendo positiva en 2006 (exportaciones: 24.354 millones de euros; importaciones: 23.901 millones de euros) y ligeramente negativa en 2005 (exportaciones 23.014 millones de euros; importaciones; 23.689 millones de euros).
Y en lo que se refiere sólo al sector agrario y sus transformados, la balanza en los dos últimos años sigue la tradición de ser positiva (exportaciones: 20.021 millones de euros; importaciones: 19.033 millones de euros en 2005 y exportaciones: 22.062 millones de euros; importaciones: 18.750 millones de euros en 2006). El sector colabora a que la tasa de cobertura de nuestro comercio exterior no sea menor. En los dos últimos años el comportamiento ha sido el siguiente:
Año Exportaciones Importaciones Tasa de cobertura
(millones €) (millones €)
2005 185.005 232.954 66’54
2006 169.830 259.541 65’54
Me interesa resaltar estos datos especialmente dedicados a aquellos “ultraneoliberales” que piensan que el sector agroalimentario es una cosa del pasado.
Acciones no agrarias de la ley
Pero ya queda dicho que la producción agraria no es suficiente para mantener el medio rural. Hacen falta otras políticas y es aquí conde la futura Ley de Desarrollo Rural Sostenible” se suelta de la mano de las normativas de la Unión Europea de ayudas y marcha sola para lograr no sólo los servicios indispensables en el mundo rural, por serlo en la sociedad actual (sanitarios, de educación de agua potable, comunicaciones, etc…) sino en equiparar a estos servicios del mundo rural con los del mundo urbano en los aspectos que pudieran considerarse no tan indispensables ¿o sí?, y a los que sus habitantes también
tienen derecho como al ocio, la cultura, el deporte, etc. … La Ley afronta esta problemática que va más allá de lo agrario. Las acciones que plantea, además del apoyo a la agricultura tradicional son:
– El fomento de la actividad económica en el medio rural.
– Las infraestructuras de interés general, y
– La planificación ambiental.
Las medidas para lograr estas acciones son muy diversas
1. Diversificación económica:
La diversificación económica pone el acento además de reforzar las potencialidades derivadas de la agroindustria, en el comercio local, el turismo y todos los derivados de las iniciativas Leader. Podríamos incluir en este apartado de acciones todas las medidas que afectan al empleo tales como:
– Autoempleo en cooperativas.
– Realización de programas de formación profesional, tanto para desempleados, como de perfeccionamiento para las personas ocupadas.
– Fomentar la estabilidad y mantenimiento de los puestos ya existentes.
Entre la diversificación económica, podríamos también incluir las medidas que potencien el desarrollo y la implantación de las energía renovables no sólo en su aspecto de la procedente de la biomasa ya comentada, sino de otras fuentes (fotovoltaica, eólica, etc.) para las que el medio rural es indispensable.
Dentro de esta diversificación económica no podemos dejar de lado la utilización de tecnologías de la información y de comunicación: La implantación de estas tecnologías tienen el efecto de ser una condición necesaria y a veces suficiente para la creación de puestos de trabajo basándose precisamente en la utilización de esta tecnología y, evidentemente, se cumple con el derecho de las zonas rurales de equipararse a las públicas.
El proyecto de Ley contempla, asimismo, la posibilidad de incentivar el empleo público en las zonas rurales.
2. Infraestructuras de interés general:
· Infraestructuras de obra civil y suministro de servicios tales como las relativas a:
– Mejora de servicios de trasporte público.
– Mejora de accesos.
– Agrupar abastecimiento energético.
– Recogida de basuras.
– Abastecimiento de aguas a la población y mejora de los abastecimientos para riego.
– Etc…
· Infraestructuras sociales tales como:
– Educación.
– Sanidad.
– Seguridad ciudadana.
– Cultura.
– Protección social.
– Etc…
Y además, como no, una política de viviendas adecuada con la sostenibilidad del medio.
3. Planificación medioambiental
Finalmente, las relacionadas con la planificación medioambiental consisten en mantener el entorno y los ecosistemas de una manera compatible con la producción, la rentabilidad y la sostenibilidad.
El objetivo de esta Ley es la de crear condiciones necesarias para que se revitalicen las zonas rurales y mantengan la calidad de servicios y de vida suficientes.
La Administración llevará los servicios necesarios, pero para aprovecharse de ellos, tiene que crear las expectativas necesarias para que sean los ciudadanos, al final, los artífices del quehacer social, quienes los utilicen y generen los valores añadidos (sociales y económicos) que dinamicen las zonas rurales.
Quiero recordar la vinculación que debe existir entre la política medioambiental y la general de ordenación del territorio (aquella es una derivada de esta). De tal manera que hay que evitar grandes concentraciones industriales que puedan comprometer elmedio ambiente y sus sostenibilidad, así como recuperar las regiones ya degradadas por un desarrollo industrial en ocasiones excesivo.
Es decir, una gestión medioambiental debe tener un comportamiento dual, apoyándose tanto en la gestión de los recursos naturales como en un desarrollo armónico del territorio.
Ahora bien, crear las condiciones a las que vengo aludiendo, necesitan de las políticas específicas ya citadas (además de las generales que se apliquen al resto del territorio del Estado), y éstas tienen que estar dotadas económicamente. Para ello, la memoria económica que acompaña la Ley, prevé un gasto de la Administración General del Estado de 3.000 millones de euros para el período comprendido entre al año 2008 (año que se espera que se aplique la Ley) y el año 2013 (año que se ha elegido como referencia ya que el presupuesto adicional de esta Ley tiene que tener un efecto sinérgico con el Reglamento 1698/05 del Consejo), es decir 500 millones de euros anuales.
Esta dotación presupuestaria estará destinada a los objetivos planificados en el Programa de Desarrollo Sostenible que será aprobado por el Gobierno. En el mismo se concretarán las actuaciones a desarrollar por la Administración General del Estado y las concertadas con las Comunidades Autónomas.
Las Comunidades Autónomas, al igual que los municipios, participarán en el citado Programa de Desarrollo Sostenible a través del Consejo para el Medio Rural que lo informará y evaluará.
Asimismo, la dotación presupuestaria estará asegurada para los fines que se persigue ya que así se señalará en los Presupuestos Generales del Estado.
FEADER, Ley de Desarrollo y montañas
Y continúo con lo que tenía que haber sido el principio de estas palabras. Las montañas en el nuevo marco de actuación del FEADER y de la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural. Claro que las montañas vienen contempladas en el Reglamento 1698/05 y en el nuevo proyecto de Ley. Y, además, por partida doble en España, ya que aquí, el bosque es monte en una gran parte y además, los montes de Canarias, incluidos dentro de los que Philip Baker Webb llamó Archipiélagos de la Macaronesia, tienen una tercera dimensión, ya que cuatro grupos de montañas son Parques Nacionales (La Caldera de Taburiente, Timanfaya, El Teide y Garajonay), habiendo sido declarado estos dos últimos por la UNESCO como Patrimonio Natural de la Humanidad. Indicar que en España hay 13 Parques Nacionales.
El Reglamento 1698/05 contempla de una manera específica (en su artículo 37) las ayudas destinadas a compensar las dificultades naturales en zonas de montaña, así como ayudas a favor del medio forestal y la recuperación de su potencial, así como medidas de primera forestación.
El proyecto de Ley contempla todas las medidas de apoyo a la agricultura territorial, incluidas las de fomento de actividad económica en el mundo rural, de las que antes he hablado, de una forma prioritaria para la agricultura de montaña.
El artículo 16 de la Ley es el que trata del apoyo a la agricultura territorial y es de una especial relevancia para el desarrollo sostenible del medio rural basado en la agricultura, ya que antepone el apoyo a las zonas rurales prioritarias o calificadas de agricultura de montaña.
Esa preferencia se aplicará, en particular, “en la asignación de derechos de producción o de pago único de la reserva nacional o derivados de otros fondos o normas comunitarias o nacionales, y en la percepción de incentivos para la reestructuración sectorial de la Política Agraria Común”.
Asimismo, las medidas de ayuda comunitaria, y por tanto las contempladas en el Reglamento 1698/05, se aplicarán, con carácter prioritario, a los profesionales de la agricultura titulares de estas explotaciones territoriales y a los de explotaciones ecológicas.
Se establecerán con estos agricultores de explotaciones territoriales, contratos con las Administraciones Públicas, fijando los compromisos antes aludidos.
Por otro lado, está previsto que dentro de la Planificación Ambiental, se apruebe por el Gobierno y las Comunidades Autónomas un Plan Estratégico Nacional de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Es aquí donde se pueden incluir toda una serie demedidas dedicadas a los asuntos relacionados con la protección de suelos, reforestación, etc.… y, por supuesto, de una manera específica “actuaciones ligadas al mantenimiento y protección de los paisajes protegidos y de interés del medio rural y las áreas de montaña”.
Canarias
Canarias puede y tiene que ser un ejemplo de lo que se espera del Reglamento que contiene los Fondos FEADER y de lo que pretende la Ley de Desarrollo Sostenible, ya que debe mantener su patrimonio de espacios protegidos, ya sea bajo la Red Natura 2000, que incluye nada menos que 174 “lugares de importancia comunitaria” si bien los espacios protegidos de Canarias anteriores a estos lugares de la Red Natura 2000 son 146, que se distribuyen de la siguiente manera:
Parques Nacionales 4
Parques Naturales 11
Parques Rurales 7
Reserva Natural Integral 11
Reserva Natural Especial 15
Monumento Natural 52
Paisaje Protegido 27
Sitio de interés científico 19
TOTAL 146
Además de haber declarado la UNESCO a cuatro paisajes (en ocasiones islas enteras) como Reserva de la Biosfera.
Conservar este patrimonio y las 60.000 has. de superficie agraria útil (tan sólo representa el 8% del territorio total) para su uso agrícola y ganadero debe ser un objetivo a conseguir y, además, de una forma rentable (es la mejor manera de sostenibilidad) contribuyendo a mantener las más de 1.100 empresas agroalimentarias que dan empleo a 12.500 trabajadores.
Este proceso, posiblemente, no necesita de actuaciones distintas que las del resto de España, si bien, contemplando las peculiaridades del Archipiélago como las referidas a la mejora del aprovechamiento de los espacios naturales tan ricos, como se ha indicado, y todo lo que se refiere a su mejor gestión o, por otra parte, prestar una especial atención a la gestión de los recursos hídricos que en estas Islas pueden representar connotaciones diferentes al resto de España.
Y todo ello de una forma compatible con otros sectores que, como el turismo, tienen un gran auge y que tienen que huir de un desarrollo salvaje para lograr en el Archipiélago un desarrollo armónico, rentable y equilibrado que no es otro que el desarrollo sostenible.
